domingo, 24 de octubre de 2010

El proceso de desamortización en España: análisis y valoraciones

http://geohistoria-gema.blogspot.com, diferentes entradas sobre las desamortizaciones. Ordeno la información recopilada:

 
Las Desamortizaciones. Esquema de contenidos

INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES

  • Formas de propiedad agraria en el A.R: Amortización y vinculación a una familia o institución (Nobleza, Iglesia o Ayuntamientos (bienes de propios y comunales)
  • Ideas ilustradas y liberales: propiedad libre para mejorar la explotación
  • Largo proceso: de 1766 a 1924; en general, coincidiendo con los gobiernos progresistas
  • Afectó a fincas rústicas y urbanas, a las rentas señoriales y al patrimonio cultural. Casi 40% de la superficie del Estado

1. FINALIDADES

1.1. Económicas

· Fiscal: recaudar dinero para la amortización de la deuda pública, sufragar los gastos de las guerras carlistas o inversiones públicas

· Transformar el régimen de propiedad de la tierra

· Para incentivar la productividad

1.2. Sociales

· Crear una clase de pequeños y medianos propietarios

1.3. Políticas

· Atraer a esos propietarios hacia el liberalismo

2. PROCEDIMIENTO

Nacionalización de los bienes (con o sin indemnización) y venta en subasta pública. Se dividieron las tierras en lotes. En general se admitió el pago con títulos de deuda pública y el pago aplazado. Se recaudó menos de lo previsto

3. LEGISLACIÓN DESAMORTIZADORA. ETAPAS

3.1. Godoy (1798).

· Bienes afectados: los de la Cº de Jesús y de obras pías.

· Objetivo: recaudación fiscal (deuda p.) por las guerras

3.2. Cortes de Cádiz (1813)

· Bienes afectados: bienes de las Órdenes Militares, la Inquisición, conventos suprimidos en la guerra, afrancesados y mitad de los ayuntamientos

3.3. Trienio liberal (1820-23)

· Bienes afectados: de los monasterios y ayuntamientos (propios y baldíos). Desvinculación de los señoríos y supresión del mayorazgo

3.4. Mendizábal (1836)

· Bienes afectados: supresión órdenes religiosas

· Objetivos: fiscal y político

3.5. Madoz (1855)

· Bienes afectados: los de los ayuntamientos

· Objetivo: fiscal (para invertir en el ferrocarril)

4. CONSECUENCIAS Y VALORACIÓN

4.1. Económicas

· Cambió la forma de propiedad (de amortizada a privada)

· Pero no la estructura de la propiedad: se consolidó la gran propiedad (compraron los propietarios). Propuesta de Florez Estrada

· Aumentó la superficie cultivada y la producción, pero no la productividad (no sirvió de base a la R.I.)

· Cambió el sistema de cultivo (de policultivo de subsistencia a monocultivo comercial)

· Cambió el paisaje: deforestación y retroceso de la ganadería

4.2. Sociales

· No se creó una clase media agraria (benef. nobleza y burg.)

· Empeoró la vida de pequeños campesinos y los colonos se convirtieron en jornaleros (2MM). Los aytº pierden ingresos

4.3. Políticas

· Se atrajo a la nobleza y burguesía urbana hacia el liberalismo

· Ruptura Iglesia/Estado hasta el Concordato 1851 (afectó 70% patrimonio de la Iglesia)

4.4. Culturales

· Expolio del patrimonio cultural

· Transformación urbana: ensanches, derribo murallas y casas

 

Las desamortizaciones. Objetivos y procedimiento

La desamortización tenía como finalidades recaudar dinero para hacer frente a los gastos del Estado (primero frente a las guerras carlistas y después para desarrollar las infraestructuras ferroviarias), transformar el régimen jurídico de la propiedad agraria, ayudando al triunfo de la revolución burguesa, y crear una clase de pequeños y medianos propietarios favorables al liberalismo, además de incentivar la libertad de comercio y defender la propiedad privada como base del desarrollo económico.

Para desamortizar los bienes de manos muertas, se procedió a nacionalizar dichos bienes, por lo general sin indemnización, y a venderlos en subasta pública. Aunque las tierras debían ser divididas en lotes, no siempre se cumplió con este requisito, ni las comisiones encargadas del proceso se aseguraron de impedir que un mismo comprador -o sus intermediarios- compraran varios lotes. En general se admitió el pago con títulos de deuda pública y el pago aplazado, con lo que salieron beneficiados los poseedores de dicha deuda, es decir, la burguesía; además, de ese modo se recaudó menos de los previsto, si bien el Estado pudo amortizar una parte importante de su deuda.

 
La legislación desamortizadora. Primeras medidas

Las primeras medidas desamortizadoras tuvieron lugar durante el reinado de Carlos IV, cuando Godoy autoriza en 1798 la desamortización de los bienes de la suprimida Compañía de Jesús y de las obras pías (hospitales, hospicios, casas de misericordia, etc.) para, con el dinero recaudado por su venta, hacer frente al pago de la deuda pública en un contexto de guerras. Se vendió entonces la sexta parte de las propiedades de la Iglesia.

Durante la Guerra de Independencia, José I ordenó la venta de los vienes del clero regular y de la nobleza antifrancesa. También Las Cortes de Cádiz, en 1813, deciden la nacionalización de los bienes de las Ordenes Militares, la Inquisición, los conventos suprimidos durante la Guerra de Independencia y los de los afrancesados. Estas medidas prácticamente no fueron llevadas a cabo, si bien su importancia radica en que sirvieron de precedente a las desamortizaciones liberales posteriores. De hecho, durante el Trienio Liberal se aplicó el decreto de 1813 (supresión de monacales y desamortización de la mitad de los bienes de propios y baldíos). También se procedió a desvincular los señoríos, que se transformaron en propiedad privada plena, y a suprimir el mayorazgo. La restauración absolutista, durante el reinado de Fernando VII, anuló toda esta obra, con el consiguiente descontento de la burguesía que había comprado estas propiedades.

 

La desamortización de Mendizábal

Los decretos de 1836 y 1837, firmados por Juan Álvarez de Mendizábal, siendo regente Mª Cristina, ordenaban la venta de las propiedades pertenecientes a las compañías religiosas recientemente suprimidas (todas, salvo las dedicadas a la educación o las que regentaban hospitales).

En esa fecha el país, además de los problemas económicos que arrastra desde finales del siglo XVIII, tiene que hacer frente a las guerras carlistas y a la inestabilidad política. La reina regente, a la muerte de Fernando VII, debe apoyarse en los liberales para defender el trono de su hija frente a los absolutistas partidarios de D. Carlos. La construcción de un Estado liberal requiere tomar medidas económicas liberalizadoras, acabando con los vestigios del pasado. En este contexto se entiende el gobierno de Mendizábal, un hombre de negocios progresista, en quien se confía para atajar la deuda del Estado y atraerse a los liberales. El decreto de Mendizabal admitía como forma de pago las títulos de deuda pública, muy devaluada, tras entregar al contado el 20% del importe total y pudiendo aplazar el resto entre 8 y 16 años. Así, entre 1836 y 1844 se puso a la venta más del 60% del patrimonio de la Iglesia y se recaudaron cerca de 3.500 millones de reales. Desde esa fecha, con los moderados al frente del gobierno, la desamortización se suspendió.

 

La desamortización de Madoz

La Ley de Pascual Madoz de 1855, durante el Bienio Progresista, en el reinado e Isabel II, ordenaba la desamortización de todos las propiedades que aún permanecieran amortizadas. Afectó fundamentalmente a bienes de propios y comunes de los municipios, teniendo un efecto muy negativo sobre las clases más desfavorecidas. Su finalidad esencial era recaudar fondos para la construcción del ferrocarril y acabar con una forma de propiedad propia del pasado. En este caso sólo se aceptó dinero en efectivo como forma de pago, un 10% al adquirir las propiedades. Por su valor económico, esta desamortización duplicó a la de Mendizábal, con casi 5.000 millones de reales recaudados, y su aplicación se extendió hasta 1924, aunque el grueso de las ventas de hicieron entre 1855 y 1867.

 

Consecuencias de las desamortizaciones

En cuanto a las consecuencias de las desamortizaciones, en primer lugar se modificó el sistema de propiedad de la tierra, liberalizando su compraventa. Se introdujeron, además, cambios en el sistema de cultivo, condicionando de ese modo la evolución de la agricultura española. Así, el policultivo de subsistencia fue sustituido por un monocultivo comercial, cerealista en las mesetas y viticultor en Cataluña. Afectó también a la organización del paisaje al roturase baldíos, dehesas y bosques, con la consiguiente deforestación y perjuicio para la ganadería. Aumentó la producción con las roturaciones, pero no la productividad ya que a penas se modernizó la agricultura, dando lugar pronto a rendimientos decrecientes y precios poco competitivos. Los nuevos propietarios no introdujeron mejoras técnicas por no poder afrontar esta inversión o por no estar interesados al ser absentistas y disponer de abundante mano de obra barata.

No se consiguió paliar el problema de la hacienda pública, en parte debido al sistema de pagos, pues los títulos de la deuda pública se aceptaron por su valor nominal mientras que se encontraban muy devaluados. Tampoco se consiguió crear una clase de pequeños propietarios adictos al liberalismo, puesto que los campesinos no pudieron comprar las tierras y los contratos de arrendamiento impuestos por los nuevos propietarios endurecieron sus condiciones, cuando no expulsaron a estos arrendatarios para explotar directamente las tierras mediante el trabajo de jornaleros, cuyo número se estima pudo elevarse a los millones. Los municipios perdieron sus ingresos por el arriendo de los bienes de propios y ya no contaban con los terrenos comunales que servían de medio de subsistencia a los campesinos más pobres, que vieron empeorar su vida. Ello explica que el carlismo arraigase entre los pequeños campesinos del norte, mientras que los propietarios más acomodados se unieron al liberalismo, formando una nueva aristocracia terrateniente. No se aprovechó para hacer una reforma agraria, como propuso el diputado Flores Estrada, para quien el Estado debía alquilar la tierra a los pequeños campesinos y destinar esos ingresos al sostenimiento de la deuda pública. Sólo se buscaba beneficiar a la burguesía comercial y financiera, que era el sustento social del nuevo régimen. Por el contrario, los grandes perjudicados fueron los pequeños campesinos, los municipios y la Iglesia.

De este modo, la estructura de la propiedad se vio consolidada por las desamortizaciones. En la España septentrional se mantuvo el predominio de la pequeña y mediana propiedad, pues muchos cultivadores pudieron agrandar sus propiedades, o adquirirlas si eran arrendatarios. Pero en el centro y sur, donde existía ya una estructura latifundista, aumentó la gran propiedad, pues el alto valor de las fincas en venta, solo permitió comprar a quienes tenían recursos, en metálico o en títulos de deuda pública. Los compradores eran ya grandes propietarios, o miembros de una burguesía más interesada en adquirir un bien seguro y de prestigio (seguía relacionándose la propiedad de la tierra con la nobleza) que en invertir en las tierras adquiridas para hacer de ellas una empresa productiva. Estos motivos explican que en las zonas latifundistas hubiese muchos absentistas entre los compradores, mientras que en el tercio norte predominaron los propios vecinos.

Finalmente, debe recordarse el expolio del patrimonio artístico y cultural, pues los conventos e iglesias desamortizados, al perder a sus moradores, en la mayor parte de los casos se vinieron abajo; sus enseres, mobiliario y obras de arte, se perdieron o mal vendieron, muchas veces a extranjeros y a una precio irrisorio. los compradores, en la mayoría de los casos no pudieron o no quisieron mantener este patrimonio.

En conclusión, ni los nuevos propietarios invirtieron en la modernización de la explotación agraria ni se creó una clase de propietarios medios, por lo que no se dieron las circunstancias favorables para que la agricultura sirviera de base a la Revolución Industrial al no existir un mercado interior, debido al escaso poder adquisitivo de la población.

 

Otra wiki con información: AlfonsoPozaCienciasSociales

Texto:

A su Majestad la Reina Gobernadora:

"Señora, vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad de la Nación, no es tan sólo cumplir una promesa solemne y dar una garantía positiva a la deuda nacional, es abrir una fuente abundantísima de felicidad pública; vivificar una riqueza muerta, desobstruir los canales de la industria y de la circulación; apegar al país por el amor natural y vehemente a todo lo propio; ensanchar la patria, crear nuevos y fuertes vínculos que liguen a ella; es, en fin, identificar con el trono excelso a Isabel II, símbolo de orden y de la libertad. No es, señora ni una fría especulación mercantil, ni una mera operación de crédito. . . El decreto que vaya a tener la honra de someter a la augusta aprobación de V. M. sobre la venta de bienes adquiridos ya por la nación, así como en su resultado material ha de producir el beneficio de minorar la fuerte suma de la deuda pública, es menester que en su objeto y aun en los medios por donde aspire a aquel resultado, se encadene, se funde en la alta idea de crear una copiosa familia de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoye principalmente en el triunfo completo de nuestras actuales instituciones".

Febrero de 1.836
Juan Álvarez de Mendizábal

explicación del proceso y repercusiones

consecuencias para Ronda y Antequera (pdf)

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